(Fuente: Confilegal) (27/01/2017) .- El Tribunal de Justicia de la Union Europea reitera que la disposición de un mes de plazo para recurrir ciertas cláusulas supuestamente abusivas de una hipoteca en España es contraria al Derecho europeo. Y subraya que el juez debe examinar “si el incumplimiento del consumidor es suficientemente grave en relación a la duración y a la cuantía del préstamo”.
En este sentido, el TJUE concluye que la imposición de ese límite temporal “no permite garantizar que los consumidores puedan aprovechar plenamente ese plazo y, en consecuencia, ejercitar efectivamente sus derechos”. [...]