(Fuente: CGPJ) (01/10/2024) .- El Juzgado de lo Social n.º 3 de Santander ha estimado la demanda de un trabajador que reclamaba que fuera considerado accidente laboral in itinere el siniestro que sufrió cuando se desplazaba en bicicleta desde su puesto de trabajo hasta su domicilio, completando un trayecto de 44 kilómetros.
En una sentencia que no es firme, pues contra la misma cabe la interposición de un recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, el magistrado considera que el trabajador “tiene todo el derecho del mundo a acudir en bicicleta a su puesto de trabajo, aunque la distancia sea relevante”. [...]