(Fuente: El Economista) (19/02/2018) .- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) con sede en Valladolid anuló la prohibición de cesión por habitaciones de la vivienda de uso turístico, establecida por la Junta, por considerar que dicha limitación al ejercicio de la actividad turística no se encuentra justificada por razones de interés general, ni de protección del consumidor o usuario turístico, ni su prohibición deriva del art. 5 e) de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
El alto tribunal estima así parcialmente un recurso presentado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra el Decreto 3/2017, de 16 de febrero, por el que se regulan los establecimientos de alojamiento en la modalidad de vivienda de uso turístico en la Comunidad de Castilla y León. [...]