(Fuente: Economist&Jurist) (21/07/2016) .-
Los recurrentes alegaban, entre otros motivos, que los datos requeridos por Hacienda podían poner en peligro la intimidad y la seguridad de los menores al tratarse de información sensible.
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha avalado que Hacienda pida a un colegio privado las facturas emitidas a un padre por los gastos de enseñanza, manutención y actividades extraescolares de sus hijos sin que la remisión de las mismas por parte del centro docente tampoco suponga la vulneración de los derechos fundamentales a la intimidad y a la protección de datos de carácter personal.
La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por los tres hijos del contribuyente contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que consideró que el requerimiento que la Oficina Nacional de Investigación del Fraude dirigió al Runnymede College no vulneraba los citados derechos, ya que la información facilitada ni era reservada ni se obtuvo de forma ilícita.
Los recurrentes alegaban, entre otros motivos, que los datos requeridos por Hacienda podían poner en peligro la intimidad y la seguridad de los menores al tratarse de información sensible. También argumentaban que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no puede realizar requerimientos genéricos de información solicitando cualquier dato de los ciudadanos, “tirando una red al mar” y desechando después lo que no tenga trascendencia tributaria. [...]