(Fuente: CGPJ) (18/02/2026) .- La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha propuesto al Gobierno reformular el concepto de vulnerabilidad que figura en el Código Penal para que se pueda sancionar el delito de abandono a personas con discapacidad física permanente. El Tribunal lo acuerda en una sentencia que absuelve a una mujer que resultó condenada por desatender a un hombre que estaba bajo sus cuidados y que padecía un importante deterioro físico.
La acusada se hizo cargo del hombre, que sufría un cuadro de patologías de origen físico que le hacían “vulnerable y dependiente” para algunas actividades como usar el teléfono, comprar o preparar comida, tareas domésticas, usar transporte público o manejar dinero. Ambos acordaron que la mujer se llevaba al afectado a su casa y él, a cambio, le ayudaba económicamente con su pensión.
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