(Fuente: EcoDiario) (13/06/2016) .- Según el procedimiento que establece la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, una vez recibido el escrito del Congreso, el tribunal comunica al Gobierno la existencia del conflicto para que, en el plazo de un mes, formule las alegaciones que estime convenientes.
Durante ese mes, podrán comparecer en el procedimiento los demás órganos legitimados para plantear este tipo de conflictos, si consideran que esto afecta de algún modo a sus atribuciones, y podrán pronunciarse "en apoyo del demandante o del demandado". [...]