(Fuente: Noticias Jurídicas) (22/05/2017) .- El pasado 23 de marzo de 2017, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, reunida en Pleno, dictó una importante sentencia, en la que realiza una interpretación de lo contenido en el artículo 35.5 ET. Hasta ese momento, el criterio a seguir venía establecido por el Mº de Empleo y Seguridad Social en su Instrucción 3/2016, donde se establecía la obligación de las empresas de llevar el registro diario de jornada de los trabajadores con contrato a tiempo completo (con inclusión del horario concreto de entrada y salida respecto de cada trabajador, con el fin de determinar las horas realmente realizadas cada día por cada uno de ellos). [...]