Prensa

04-11-2022

El Supremo revisará el concepto de acoso sexual para las sanciones a los empleados públicos
(Fuente: Iustel) (03/11/2022) .- En concreto, los magistrados han considerado de "interés" que se esclarezcan cuáles son los requisitos que configuran el concepto de acoso sexual respecto del acoso por razón de sexo en el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

De esta manera, el Alto Tribunal pretende determinar en qué se diferencian ambos tipos de acosos en los casos en los que se sanciona a los empleados públicos con una "falta muy grave", como fija el artículo 95.2b) de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha explicado que interpretará los mencionados artículos de la Ley de Igualdad Efectiva y de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. "Todo ello, sin perjuicio de que la sentencia haya de extenderse a otras normas o cuestiones jurídicas, si así lo exigiere el debate finalmente", ha señalado el tribunal. [...]
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