(Fuente: Confilegal) (15/05/2021) .- El Tribunal Supremo ha fijado que en el ámbito de la Medicina estética corresponde a la profesión médica y no a la de enfermeros la planificación y aplicación de tratamientos e intervenciones. En consecuencia, el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería no puede ordenar determinados aspectos del ejercicio profesional del enfermero en el ámbito de los cuidados corpo-estéticos y de la prevención del envejecimiento para la salud. [...]