(Fuente: El Diario Montañés) (27/11/2018) .- El Tribunal Supremo ha respaldado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 3 de Santander que estimó que los contribuyentes no tendrán que pagar el impuesto municipal de plusvalías si en la operación de venta de una propiedad se produjeron minusvalías respecto a su precio de compra y no beneficios. De esta forma, abre la puerta a aquellos que quieran reclamar las cantidades liquidadas con las Administraciones locales por este concepto. [...]