(Fuente: La Voz de Galicia) (10/06/2016) .- Los consumidores sí, los empresarios no. Una sentencia del Supremo, fechada el 3 de junio, no extiende a estos últimos la protección que sí brinda a los particulares ante cláusulas hipotecarias abusivas como las cláusulas suelo, remitiéndoles a la «legislación civil o mercantil general».