(Fuente: Tribunal Constitucional) (11/03/2026) .- El Pleno del Tribunal Constitucional, en una sentencia de la que ha sido ponente el Presidente Cándido Conde-Pumpido Tourón, ha estimado el recurso de amparo interpuesto por los diputados del Grupo Parlamentario Socialista en la Asamblea de Madrid, contra el Acuerdo de la Mesa de 23 de junio de 2021 que propuso al Pleno de la Cámara que acordase la tramitación en lectura única de la Proposición de Ley de modificación de la ley 8/2015, de Radio Televisión Madrid.
La sentencia señala que la facultad de propuesta al Pleno de la Asamblea de la tramitación en lectura única de un proyecto o proposición de ley, que el Reglamento de la Cámara atribuye a la Mesa, tiene, entre otras finalidades, que sea ésta la que compruebe la concurrencia de los requisitos reglamentarios y jurisprudenciales que permiten proceder a la tramitación de una iniciativa parlamentaria por un determinado procedimiento. Las decisiones de tramitación por lectura única se conforman como un acto complejo en el que se produce la concurrencia de dos voluntades. Sin la propuesta de la Mesa, el Pleno no puede adoptar decisión alguna por lo que aquella es condición necesaria para que se pueda adoptar esta. [...]