(Fuente: Tribunal Constitucional) (02/10/2023) .- El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad núm. 2379-2021, interpuesto por cincuenta diputados y diputadas del grupo parlamentario Vox en el Congreso de los Diputados, contra la Ley Orgánica 4/2021, de 29 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones. Por un lado, el recurso impugnaba la totalidad de la Ley Orgánica por supuestas infracciones en la tramitación parlamentaria de la ley, derivadas de la omisión de un informe del CGPJ y de la utilización fraudulenta de la proposición de ley. La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Maria Luisa Balaguer, descarta que se hayan producido las contravenciones denunciadas. Por lo que hace al informe del Consejo, este no era preceptivo según el régimen legal aplicable (art. 561.1 LOPJ), de modo que resulta irrelevante que se haya solicitado o no, a efectos de la constitucionalidad de la norma.
Respecto de la queja que imputaba un uso fraudulento de la proposición de ley por parte de los grupos parlamentarios que presentaron la iniciativa legislativa, al coincidir estos grupos con los de la mayoría gubernamental, la sentencia afirma que no puede imputarse la existencia de un fraude de ley cuando uno o más grupos parlamentarios ejercen la iniciativa legislativa que la Constitución les reconoce, y que no viene en ningún caso limitada por razón material cuando se trata de regular materias propias de la Ley Orgánica del Poder Judicial. [...]