Prensa

08-10-2022

El Pleno del Tribunal Constitucional declara inconstitucionales y nulos, por motivos competenciales, determinados preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias
(Fuente: Tribunal Constitucional) (29/09/2022).- El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de inconstitucionalidad núm. 5332-2017, promovido por el Presidente del Gobierno contra los arts. 8.3, 20.6, 36.2 b), 37.1 j) y k), 37.2, 38.5 y 6, 69 y 72.1 b), y la disposición transitoria primera de la Ley del Parlamento de Cataluña 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias. La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Balaguer Callejón, concluye que la mayor parte de dichos preceptos incurren en una efectiva contradicción con la legislación básica estatal en materia de horarios comerciales, de acuerdo con la reiterada jurisprudencia constitucional en la materia, e invade, por lo tanto, la competencia del Estado para dictarla, lo que conduce a su declaración de inconstitucionalidad y nulidad. [...]
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