Prensa

22-06-2023

El Pleno del TC declara por unanimidad que las comisiones de investigación parlamentarias no pueden imputar hechos delictivos al compareciente porque vulneran su presunción de inocencia
(Fuente: Tribunal Constitucional) (21/06/2023 .- El Pleno del Tribunal Constitucional en la sentencia dictada por unanimidad, de la que ha sido ponente la vicepresidenta Inmaculada Montalban Huertas, ampara a una empleada de la de la empresa pública Gestión de Infraestructuras Públicas de Telecomunicaciones del Principado de Asturias (GITPA) porque tanto el proceso indagatorio como las conclusiones de la comisión de investigación aprobadas por el Pleno de la Junta General del Principado de Asturias vulneraron su derecho a la presunción de inocencia en su vertiente extraprocesal o como regla de tratamiento garantizado en el art. 24.2 CE.

En febrero del año 2016, estando ya abierta una investigación judicial, se iniciaron los trámites para la creación de una comisión de investigación en la Junta General del Principado de Asturias sobre la gestión y actividad desarrollada por la empresa pública GITPA.

La recurrente en amparo fue llamada a comparecer ante la citada Comisión que centró buena parte de su investigación en hechos que podían ser constitutivos de delito, sin obtener, a pesar de haberlo solicitado en varias ocasiones, el amparo de la mesa de Comisión. Las conclusiones de la Comisión, aprobadas por la Junta General del Principado de Asturias, imputaron a la recurrente hechos que, descritos con detalle, revisten carácter delictivo. Esta forma de actuar, que constituye toda una declaración de culpabilidad que recae sobre una persona individualizada con nombre y apellidos y que ha sido efectuada por el órgano dotado de máxima autoridad dentro del Principado de Asturias, su Junta General, se considera lesiva del derecho a la presunción de inocencia como regla de tratamiento. [...]
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