Prensa

25-10-2024

El Pleno del TC declara por unanimidad inconstitucional la diferencia retributiva entre los letrados coordinadores del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo que pertenecen a la carrera judicial y los de otros cuerpos funcionariales
(Fuente: Tribunal Constitucional) (24/10/2024) .- El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Segoviano Astaburuaga, ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sección Séptima de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justifica de Madrid contra el art. 23 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ).
El órgano judicial consideraba que el precepto cuestionado podría vulnerar los arts. 14 y 23 CE, al contemplar un distinto régimen retributivo para los letrados del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo que pertenecen a la carrera judicial y desarrollan labores de coordinación que para aquellos letrados del citado Gabinete Técnico que, desarrollando asimismo labores de coordinación, no pertenecen a la carrera judicial. [...]
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