(Fuente: Tribunal Constitucional) (09/09/2026).- El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con la Ley 1/2026, de 15 de abril, por la que se habilita a la Comunidad de Madrid para el ejercicio de la acción popular en determinados ámbitos.
El Tribunal, tras haber invocado el Gobierno en su demanda el artículo 161.2 de la Constitución, ha acordado suspender la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, desde la fecha de interposición del recurso (16 de julio de 2026) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.[...]