(Fuente: Tribunal Constitucional) (17/06/2024) .- El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno en relación a la Ley 1/2024, de 15 de febrero, de derogación de la Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.
El Tribunal, tras haber invocado el Gobierno en su recurso el artículo 161.2 de la Constitución, ha suspendido la vigencia y aplicación de la norma impugnada, desde la fecha de interposición del recurso (29 de mayo de 2024) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
En su demanda, el Presidente del Gobierno alega que la ley podría vulnerar los artículos 10.1 y 15 de la Constitución, por la derogación de los preceptos relativos al estatuto de las víctimas. Además, también sostiene que la norma podría ser contraria a competencias estatales en relación al artículo 149.1.1 y del deber de colaboración así como el 149.1.30 CE.
Por otro lado, el Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta senadores y senadoras del Grupo Parlamentario Socialista en el Senado en relación con el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.