(Fuente: Expansión) (13/07/2016) .- La reforma del recurso de casación en el orden contencioso-administrativo, que entrará en vigor el próximo 22 de julio, supone un cambio radical en nuestro sistema de revisión de sentencias en dicho orden jurisdiccional. Ámbito que, por número de casos resueltos, resulta ser el más importante para el justiciable pese a ser, seguramente, el más desconocido.
Venimos de una casación contencioso-administrativa manifiestamente mejorable, en la que la unificación de criterio -técnicamente conocida como función nomofiláctica- es meramente accesoria y está mal construida, a pesar de tratarse de un aspecto vital en un orden jurisdiccional tan masificado.
Hasta ahora, el Tribunal Supremo no podía entrar a conocer y a unificar criterio en multitud de cuestiones: sólo una cuantía litigiosa superior a 600.000 euros garantizaba el acceso a casación. Si la cuestión no llegaba a esa cuantía (piénsese en los temas de IRPF o en sanciones de tráfico), en el mejor de los casos y únicamente por vías muy extraordinarias como la casación para unificación de doctrina o en interés de ley, el Tribunal Supremo podría llegar a conocer y a crear jurisprudencia. [...]