Sentencia de 5 de febrero de 2015 del Pleno del Tribunal Constitucional. Desestimación del recurso de inconstitucionalidad formulado por el Grupo Parlamentario Socialista contra el Real Decreto-Ley 6/2013, de 22 de marzo, de protección de los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero. Los recurrentes alegan la vulneración del art. 86.1 de la Constitución porque, en su opinión, la norma recurrida no cumple el requisito de “extraordinaria y urgente necesidad”
que permite al Ejecutivo legislar por decreto-ley. En supuestos como éste, el Tribunal Constitucional ha de limitarse a realizar un “control externo”; esto es, a verificar que la justificación del uso del decreto-ley sea razonable, pues “
la apreciación de la concurrencia de la extraordinaria y urgente necesidad constituye un juicio político que corresponde efectuar al Gobierno y al Congreso”.
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