Providencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, de 20/01/2026, dictada en el rec. CUD 4281/2025. Inadmite el recurso de casación para unificación de doctrina, al no haber acompañado con el escrito de preparación la carátula que debe preceder al mismo, pese a haber sido requerida de subsanación la parte recurrente. La Sala considera que se han incumplido las condiciones establecidas en el Acuerdo de 8 de abril de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (BOE de 29/04/2025), por lo que procede la inadmisión de conformidad con lo previsto en el. 224.5 LRJS, que expresamente remite al 210.3 LRJS.