Sentencia de 6 de septiembre de 2019 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Rec. Suplicación 991/2019. Dimanante autos SSS 533/2018, CL LAB/212/2018/VA). Se descarta la interpretación literal establecida por la Seguridad Social a través del boletín de noticias RED 1/2018: la reinterpretación adoptada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en 2018 constituye una modificación de la norma legal mediante una mera instrucción administrativa, carente de toda base legislativa y contraria a su interpretación lógica, finalista e histórica, por lo que carece de todo amparo jurídico, puesto que la mera literalidad es solamente uno de los criterios interpretativos del artículo 3.1 del Código Civil, pero no el único. Estima la Sala que el cumplimiento del requisito del 65% de la base de cotización del trabajador relevado debe calcularse en proporción a la parcialidad de la jornada del relevista.