Sentencia de 24 de mayo de 2018, del Pleno del Tribunal Constitucional. Recurso de inconstitucionalidad núm. 3628-2016, presentado por la Generalitat de Cataluña contra varios preceptos de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Solo los estatutos pueden quitar, limitar o repartir la potestad reglamentaria en las comunidades autónomas. Por ello, incurre en inconstitucionalidad la previsión de que sólo excepcionalmente las consejerías queden habilitadas para adoptar normas reglamentarias. Voto particular