(Fuente: Blog delaJusticia) (16/10/2025) .- En el ámbito de la contratación pública, no es infrecuente que finalice la duración del contrato del servicio, y que el contratista continúe prestándolo (posiblemente a ruego informal de la propia Administración, o a iniciativa del contratista para no perjudicar a los usuarios). Ambos, Administración y contratista, saben que «están fuera de la Ley» pero por la justa causa de evitar que se paralice la prestación del servicio, en tanto en cuanto se articular un nuevo procedimiento de contratación con nueva adjudicación del contrato de servicio. [...]